Traducción Oficial

Es la traducción efectuada por un “Traductor Público Juramentado”, la cual usualmente se entrega como un documento escaneado *.pdf y además como como documentos físicos. Esta se caracteriza por realizarse en un formato reglamentado que incluye: (i) sello en relieve del traductor, (ii) cintas y precintos de seguridad, (iii) sello y firma del traductor responsable, en cada hoja, indicando su número de registro, y (iv) declaración del traductor indicando que la traducción es “una versión fiel y correcta” y la fecha y lugar de realización de dicha traducción.

Esta traducción solo puede ser hecha sobre documentos originales en físico que se encuentren apostillados y/o que cuenten con las legalizaciones pertinentes del Ministerio de Relaciones Exteriores. En este sentido el Articulo 24 Decreto Supremo Nº 126-2003-RE indica: “Cuando se trate de documentos públicos emitidos en el exterior, para surtir efectos jurídicos en el Perú o en el exterior, los Traductores Públicos Juramentados deberán exigir, bajo responsabilidad, que dichos documentos estén debidamente legalizados por el Ministerio de Relaciones Exteriores”.

Este tipo de traducción tiene el precio más alto ya que además de los costos propios de la traducción, requiere de gastos adicionales relacionados a legalizaciones, formatos, transporte y gestión. El plazo de entrega también es un poco más lento ya que se requiere de la realización de trámites y transportes de los originales (servicios de delivery).